Es momento de hacer un chequeo mercantil a su empresa

El cierre del ejercicio es siempre un buen momento para mirar más allá de las cifras. Detrás de los balances hay decisiones jurídicas, cargos pendientes, pactos entre socios y obligaciones que conviene revisar. Un chequeo mercantil permite detectar riesgos antes de que se conviertan en problemas. La normativa mercantil cambia cada año y, con ella, las responsabilidades de socios y administradores. Antes de cerrar el ejercicio 2025, es recomendable revisar la situación legal de su sociedad y asegurarse de que todo está en orden.


Con el cierre del ejercicio a la vuelta de la esquina, es un buen momento para detenerse y mirar su empresa desde un punto de vista jurídico y mercantil. Cada año deja tras de sí modificaciones normativas, criterios administrativos y resoluciones judiciales que cambian silenciosamente el terreno sobre el que operan las sociedades. Y este año, más que nunca, conviene revisar si todo está en orden antes de entrar en 2026.

¿Por qué es recomendable un « chequeo mercantil »?

Porque el riesgo más común en las empresas no es el que se ve, sino el que se acumula en los papeles: decisiones no inscritas, acuerdos sociales mal redactados, administradores con responsabilidades latentes o sociedades con estructuras que ya no se ajustan a la realidad del negocio.

Un chequeo mercantil permite detectar a tiempo situaciones que pueden derivar en sanciones, bloqueos societarios o incluso responsabilidades personales de los administradores.
Y hacerlo ahora, antes del cierre contable y fiscal, puede marcar la diferencia entre una corrección preventiva y un conflicto posterior.

Aspectos que conviene revisar antes de finalizar el año

  1. Composición y vigencia de los órganos de administración
  • ¿Están los cargos formalmente inscritos en el Registro Mercantil?
  • ¿Se han renovado los mandatos caducados o prorrogados tácitamente?
  • ¿Hay consejeros o administradores que figuran en el cargo pero ya no ejercen funciones reales?
  1. Cumplimiento de las obligaciones de los administradores
  • Responsabilidad por deudas sociales (art. 367 LSC): si existen pérdidas que dejen el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital, el órgano debe actuar antes del cierre del ejercicio.
  • Situaciones de causa de disolución o necesidad de reequilibrio patrimonial.
  • Análisis de posibles conflictos de interés y operaciones vinculadas.
  1. Libro de socios y transmisión de participaciones
  • Comprobación de la titularidad real y de los movimientos no inscritos.
  • Revisión de pactos parasociales y acuerdos entre socios que puedan haberse quedado obsoletos o contradecir los estatutos.
  1. Estatutos y acuerdos sociales
  • Adaptación a las reformas recientes introducidas por la Ley de Startups, la Ley Crea y Crece y Reglamento de Auditoría.
  • Inclusión de cláusulas sobre juntas telemáticas, convocatorias electrónicas o reuniones híbridas, ya plenamente válidas pero a menudo no reflejadas en los estatutos.
  1. Depósito de cuentas y obligaciones registrales
  • Revisión del depósito en plazo de las cuentas anuales y del contenido del informe de gestión.
  • Verificación de que no existan incidencias en el BORME o anotaciones por incumplimientos.
  • En caso de sociedades inactivas, valorar su disolución o reactivación formal antes del 31 de diciembre.
  1. Cumplimiento de nuevas obligaciones societarias
  • Ley de representaciones digitales y uso de plataformas electrónicas para la comunicación con la Administración.
  • Identificación del titular real conforme a las nuevas exigencias de transparencia (Real Decreto 609/2025).
  • Preparación para la Directiva de diligencia debida en sostenibilidad empresarial (CSDDD), que implicará nuevas responsabilidades para administradores y grupos societarios.

Otras cuestiones…

  • Reforma del Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital (en tramitación) que reforzará la responsabilidad de administradores en materia de sostenibilidad, ética corporativa y cumplimiento normativo.
  • Entrada en vigor del Reglamento Europeo de Informes de Sostenibilidad (ESRS), que exigirá reportar información no financiera más detallada desde 2026.
  • Ampliación de las obligaciones en materia de registro de titularidades reales y prevención del blanqueo, con controles más estrictos para pymes y sociedades profesionales.
  • Y en paralelo, nuevas líneas de inspección de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública centradas en sociedades inactivas, sin depósito de cuentas o sin actividad registral.

¿Qué riesgos se pueden evitar con un chequeo mercantil?

  • Evitar la responsabilidad personal de administradores y consejeros.
  • Detectar a tiempo conflictos societarios latentes o participaciones mal registradas.
  • Evitar multas por incumplimientos registrales o por no tener actualizada la titularidad real.
  • Identificar situaciones de desequilibrio patrimonial que podrían derivar en disolución.
  • Adaptar la sociedad a las nuevas obligaciones digitales y de transparencia, evitando sanciones o bloqueos en licitaciones, ayudas o contratos públicos.

Antes de cerrar el año, le recomendamos concertar una revisión mercantil completa de su empresa. En una sola sesión podemos analizar:

  • La situación jurídica actual de su sociedad.
  • Los posibles riesgos derivados de su estructura societaria o de administración.
  • Y las medidas preventivas más convenientes antes del cierre contable y fiscal.

La experiencia nos demuestra que una revisión a tiempo cuesta mucho menos que una defensa a posteriori.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.