Publicado el calendario de fiestas laborales para el año 2022

En el BOE del 21 de Octubre se ha publicado la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2022 de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Con ello, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.

Se publican tanto:

Las fiestas de ámbito nacional, retribuidas y no recuperables no sustituibles por las Comunidades Autónomas (CCAA)

Las fiestas que las Comunidades Autónomas pueden elegir entre celebrar en su territorio o sustituirlas por otras (que por tradición les sean propias).

Dos serán elegidas por cada ayuntamiento.

Ocho serán de carácter obligatorio y no sustituibles por las comunidades autónomas:

  • 1 de enero (Año Nuevo),
  • 6 de enero (Epifanía del Señor),
  • 15 de abril (Viernes Santo),
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen),
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España),
  • 1 de noviembre (Todos los Santos),
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
  • 8 de diciembre (Inmaculada Concepción).

Cuatro días de fiesta de carácter nacional sustituibles que las comunidades pueden elegir como festivos o cambiarlos por otros días de celebración: 14 de abril (Jueves Santo), 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo), 25 de julio (Lunes siguiente de Santiago Apóstol) y 26 de diciembre (lunes siguiente a Navidad).

¡Atención! En 2022, la Semana Santa se celebrará a mediados del mes de abril, siendo festivo en toda España el Viernes Santo (15 de abril), si bien la mayoría de las autonomías (salvo Cataluña) han optado por hacer festivo también el Jueves Santo (14 de abril). Además, en Baleares, Cataluña, Navarra, País Vasco, La Rioja y la Comunidad Valenciana, también será festivo el lunes de Pascua (18 de abril).

A continuación puede consultar el cuadro general de fiestas laborales 2022:

Descargar archivo relacionado: https://www.boe.es/boe/dias/2021/10/21/pdfs/BOE-A-2021-17113.pdf

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,