Reforma del Reglamento de Circulación: implicaciones clave para empresas y autónomos

Se ha aprobado una reforma significativa del Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 751/2025, que entra en vigor el 1 de julio. Esta modificación actualiza el catálogo oficial de señales y responde a los profundos cambios sociales y tecnológicos en la movilidad. Su contenido afecta directamente a empresas, flotas de transporte, profesionales del sector y trabajadores que se desplazan habitualmente por carretera.

En el BOE del día 17 de junio, se ha publicado el Real Decreto 751/2025, que modifica el Reglamento General de Circulación y actualiza el catálogo oficial de señales de tráfico. Esta reforma responde a los profundos cambios en los hábitos de movilidad, las nuevas formas de transporte y la necesidad de una señalización más clara, inclusiva y adaptada a la sostenibilidad.

Aunque la renovación física de las señales será progresiva, la norma entra en vigor el 1 de julio de 2025, y muchas de sus disposiciones afectan directamente a las empresas con trabajadores en movilidad, flotas profesionales, servicios de reparto, transporte o actividad logística.

Principales novedades

1. Nuevo catálogo de señales

  • Se introducen señales específicas para vehículos de movilidad personal (VMP) y nuevas tipologías de transporte.
  • Se rediseñan pictogramas para mejorar visibilidad, claridad y adecuación a las nuevas realidades.
  • Se eliminan señales obsoletas, lo que conllevará un ajuste en la formación de conductores profesionales y en la señalización de instalaciones privadas.

2. Requisitos específicos para motocicletas, ciclomotores y flotas en vía pública

  • Uso obligatorio de guantes y calzado cerrado en vías interurbanas.
  • Casco homologado integral o modular, con prohibición futura de cascos no homologados.
  • Posibilidad de uso de dispositivos inalámbricos certificados integrados en el casco.
  • En flotas, los motoristas profesionales deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad tanto de día como de noche en zonas urbanas e interurbanas.

3. Normas para ciclistas y VMP (vehículos de movilidad personal)

  • Edad mínima para uso de VMP: 16 años.
  • Prohibición de circular por aceras.
  • Casco y elemento reflectante obligatorio de noche.
  • Obligación de inscripción de los VMP en el Registro de Vehículos de la DGT.
  • Posibilidad de circular por el centro del carril y realizar «filtrado de tráfico».

4. Medidas para trabajadores peatones y entorno urbano

  • Las ordenanzas municipales podrán habilitar el uso de aceras para el estacionamiento de motos, siempre que no afecte a los peatones.
  • Obligación de uso de elemento reflectante o luminoso para peatones que transiten por calzadas o arcenes interurbanos (aplicable a trabajadores desplazados).
  • Fomento de rutas seguras para desplazamientos escolares y urbanos a pie o en bicicleta (relevante para entornos laborales escolares o públicos).

5. Revisión de la señalización interna en instalaciones

  • Las nuevas señales y simbología deberán ser tenidas en cuenta en la actualización de los planes de prevención, evacuación y movilidad dentro de los centros de trabajo con tránsito rodado.
  • Se recomienda revisar la señalización en naves, aparcamientos, zonas de carga y descarga para ajustarse al nuevo lenguaje visual aprobado.

Cambios relevantes en movilidad y seguridad vial

  • Se introducen medidas para fomentar una movilidad más inclusiva, eliminando connotaciones de género en la simbología.
  • Las nuevas disposiciones también persiguen los objetivos de la Agenda 2030, alineando la movilidad con criterios de sostenibilidad, salud y acción climática.
  • Se suprime la exención del uso del cinturón en vías urbanas y se regula la circulación en caso de nieve, entre otros.

¿Qué deben hacer las empresas?

  1. Revisar los planes de formación vial interna y PRL adaptando los contenidos a la nueva normativa.
  2. Actualizar los manuales de conducción profesional antes del nuevo examen teórico que incluirá estos cambios (plazo mínimo: 3 meses desde la entrada en vigor).
  3. Adaptar la señalización en instalaciones y flotas, eliminando señales desfasadas o ajustando los pictogramas conforme al nuevo catálogo.
  4. Informar y formar a conductores, repartidores y personal móvil sobre los nuevos requisitos (edad mínima, uso de casco, visibilidad, etc.).
  5. Adaptar el registro de vehículos de empresa si se utilizan VMP, y revisar los requisitos de uso.

Entrada en vigor y calendario

  • La norma entra en vigor el 1 de julio de 2025.
  • La retirada de señales en desuso deberá completarse antes del 1 de julio de 2026.
  • La inclusión de las nuevas señales en los exámenes teóricos se aplaza al menos 3 meses, para permitir la adaptación de manuales.
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